El acelerado aumento de contagiados y hospitalizados en Andalucía ha obligado a la Junta a establecer una serie de medidas en los casos cuya tasas de incidencia superen un determinado número de casos. Así, además de las medidas generales que se establecen en toda la comunidad, los municipios que superen los 500 positivos por 100.000 habitantes en los últimos 14 días estarán cerrados perimetralmente.
Por su parte, los que superen los 1.000 deberán aceptar medidas todavía más restrictivas: el cierre de toda actividad no esencial. Y en concreto, ¿qué se puede hacer y qué no en estos casos?
¿Puedo ir a comprar el periódico o a cortarme el pelo?
Sí. Hay una serie de establecimientos que sí podrán abrir hasta las 18:00 horas entre los que se encuentran las librerías y papelerías así como las peluquerías. El resto de excepciones que podrán permanecer abiertos hasta la hora estipulada son:
Parafarmacias
Prensa, librería y papelería
Floristería, planta y semillería.
Talleres mecánicos.
Servicio de reparación y material construcción.
Ferreterías.
Electrodomésticos.
ITVs.
Estancos.
Equipos tecnológicos y telecomunicaciones.
Alimento para animales.
Tintorería.
Lavandería.
Peluquería
Y el supermercado, ¿estará abierto más allá de las seis de la tarde?
Sí. La actividad esencial sí podrá mantener su horario con normalidad y son los siguientes casos:
Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad.
Gasolineras.
Clínicas y Centros veterinarios.
Servicios profesionales, de seguros.
Centros y servicios sanitarios.
Servicios entrega a domicilio.
Alquiler vehículos.
¿Puedo pedir comida a domicilio?
A pesar de que el sector hostelero cesará su actividad sí podrá ofrecer servicio de entrega a domicilio y recogida en establecimiento (incluida en coche) ambas con limitaciones horarias (23:30 a domicilio y 21.30 recogida en establecimiento). Eso sí, también hay excepciones a este respecto:
- Los comedores sociales y demás establecimientos para la entrega y reparto de alimentos con carácter solidario o benéfico.
- Establecimientos de hoteles y alojamientos turísticos para exclusivo de sus clientes.
- Servicio restauración integrados en centros sanitarios, sociosanitarios, escolares y de carácter social.
- Servicios restauración integrados en centros de formación y centros de trabajo para los trabajadores.
- Servicios restauración y expedición comida preparada para conductores y viajeros.
- Restauración con horario especial (aeropuertos, lonjas, tanatorios).
¿Se pueden celebrar ceremonias civiles?
Las ceremonias podrán realizarse en todo tipo de instalaciones, públicas o privadas, debidamente habilitadas, con el aforo máximo del 30% en espacios al aire libre o cerrados. Se podrán celebrar hasta las 18.00 horas.
¿Qué hay de los velatorios y entierros?
Los velatorios podrán realizarse en todo tipo de instalaciones debidamente habilitadas, con un límite máximo, en cada momento, de 15 personas en espacios al aire libre o de 6 en espacios cerrados, salvo en este último caso que los convivientes fueran un número superior. En este caso, se podrán llevar a cabo después de las 18:00 horas.
La participación en funeral o comitiva para el enterramiento o cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas y solo podrán realizarse hasta las 18:00 horas.
Residencias estudiantes
El cierre se establece a las 21.30 h y la restauración deberá cumplir las normas de hostelería. La ocupación de las zonas comunes no podrá superar el 30% del aforo autorizado. En los comedores el aforo es del 50% con un máximo de 75 personas en el interior y 100 en el exterior. Estarán prohibidas las visitas en las residencias.
Mercadillos al aire libre
Cesarán su actividad salvo aquellos puestos que se dedican a alguna de las actividades consideradas como esenciales como pueden ser:
– Los establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad
– Prensa, librería y papelería.
– Floristería, planta y semillería
Me estoy sacando el carné de conducir, ¿puedo ir a mi autoescuela?
Se mantendrá la actividad en todos los centros de formación profesional, conservatorios, escuelas de idiomas, academias, centros de educación permanente de adultos, centros de investigación y demás centros similares. Aforo del 40 % respecto del máximo permitido y con un máximo de hasta 25 personas por aula. Su cierre deberá producirse media hora antes de la restricción de movilidad nocturna.
Universidades y educación no universitaria
En el grado 1 y 2 las Universidades públicas y privadas continuarán con la impartición de clases teóricas on line, manteniéndose la presencialidad para prácticas experimentales, rotatorias, Practicum, o actividades similares, incluidas las de investigación. Asimismo, las pruebas de evaluación se podrán realizar de manera presencial si así lo consideran las Universidades.
En el grado 1 y 2 se mantendrá la actividad docente no universitaria de forma presencial, incluido comedores escolares, aula matinal y transporte escolar.
¿Puedo ir al parque?
Los parques infantiles y jardines estarán abiertos con un aforo máximo estimado de una persona por cada cuatro metros cuadrados de espacio computable de superficie del recinto. Sin actividades lúdicas, de animación, culturales o recreativas. Los que se puedan cerrar deberán cerrase a las 18:00 horas.
Actividad deportiva oficial federada
Se regirá por la normativa y protocolos específicos aplicables a aquélla. En cualquier caso, se suspende temporalmente la celebración de entrenamientos, competiciones y eventos deportivos no federados de cualquier categoría de edad y los federados, a excepción de la categoría absoluta. Horario eventos deportivos, salvo los exceptuados, hasta 30 minutos antes restricción movilidad nocturna. Los partidos de competiciones deportivas de carácter profesional y ámbito estatal oficialmente reconocidas y los partidos de carácter internacional organizados por FIFA, UEFA, FIBA y Euroliga de baloncesto tienen sus propios protocolos.
Estación de esquí
Podrían seguir con su actividad después de las 18:00, no obstante las Estaciones de esquí cierran a las 16:30. Se suspende la apertura al público de instalaciones deportivas convencionales y centros deportivos para la realización de actividad física a excepción de aquellas que sean al aire libre y sin contacto.
Suspenden su apertura y/o actividad o no se podrán celebrar
- Fiestas, verbenas, romerías y otras actividades festivas populares o tradicionales
- Salones de celebraciones
- Establecimientos de ocio y esparcimiento y para reuniones en espacios públicos
- Locales donde se desarrollen actividades de juegos y apuestas
- Peñas y asociaciones gastronómicas, culturales, recreativas o establecimientos similares
- Establecimientos recreativos, centros de ocio y diversión, parques de atracciones y temáticos y parques acuáticos
- Cines, teatros, auditorios, establecimientos especiales para festivales, circos de carpa y espacios similares, así como en recintos al aire libre y en otros locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos públicos
- Museos, colecciones museográficas y salas de exposiciones
- Celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias, ferias comerciales y otros eventos
- Espectáculos taurinos y festejos taurinos populares
- Actividades educativas ambientales, visitas o actividades guiadas a zonas naturales
- Instalaciones deportivas convencionales y no convencionales (incluye gimnasios y academias de bailes) a excepción de los que sean al aire libre y sin contacto